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Insistimos: es mejor el tercio superior de los docentes que los docentes del tercio superior
El tema de la mejora de la calidad de la educación en nuestro país, parece ser el mejor pretexto del gobierno para discriminar a los Docentes. Ante la evidencia de la mala calidad de nuestra educación básica, el gobierno parece querer sentar las bases de una educación de mejor calidad. Sabe que el proceso es de largo plazo. Pero de alguna manera hay que empezar. Y hay que empezar ahora para que la población comprenda que el gobierno quiere el cambio.
El procedimiento elegido es muy sencillo: la mala calidad de la educac
ión se explica en la mala calidad de los docentes. La alternativa de solución es reemplazar los malos profesores por buenos profesores. Los buenos profesores son todos aquellos que ocuparon el tercio superior en su formación profesional. En consecuencia, hay que contratarlos a ellos y no hay que contratar a los otros. Los que se encuentran en el segundo tercio o en el tercer tercio académico de formación profesional, son malos profesores; ellos no deben tener contrato con el Estado.
El procedimiento fue establecido mediante el DS 004-2008-ED del 11 de Enero. En un artículo anterior señalamos que este dispositivo:
es tan burdo, es tan ilegal, es tan inconstitucional, que al gobierno no le queda otra alternativa que derogarlo. Y esto tiene que ocurrir pronto.
Han pasado casi treinta días desde que este artículo fue publicado. El gobierno no sólo no ha derogado el DS 004 sino que se resiste a derogarlo. Y esta resistencia nos parece la señal que el DS 004 será derogado muy pronto.
¿Por qué? Porque la gran mayoría de gobiernos regionales se han pronunciado en contra del DS 004. Porque la gran mayoría de los gobiernos regionales, que ahora administran las Direcciones Regionales de Educación y tienen a su cargo el proceso de contratación de docentes para el año escolar 2008, han declarado que no aplicarán las restricciones del tercio superior.
Los gobiernos regionales que de la discriminación de los Docentes son, Ayacucho, Huancavelica, Ica, Huánuco, Apurímac, Pasco, Junín, Arequipa, Madre de Dios, Moquegua, Puno, Tacna, Lambayeque, Loreto y Lima. Y el único gobierno regional que se ha pronunciado a favor, es el del Callao, presidido por el Sr. Kouri, asiduo visitante de la salita de Montesinos.
El Presidente del gobierno regional de Lambayeque, Sr. Yehude Simon ha declarado en La República que emitirá una norma para la contratación libre de los docentes y donde la pertenencia al tercio superior por formación profesional así como la experiencia docente, tendrán una bonificación adicional. Del mismo punto de vista es el Presidente del gobierno regional de Lima Provincias, Sr. Nelson Chui, quien añade la importancia de una bonificación por contar con estudios de postgrado.

Para todos los presidentes regionales parece evidente lo que parece evidente al Ejecutivo, la mala calidad de la educación. Y a todos les parece que algo se puede hacer en el corto plazo, en el momento de decidir quién debe estar en el aula. En este punto todos están de acuerdo: en el aula debe estar el mejor. Pero los presidentes de los gobiernos regionales piensan que el mejor no es necesariamente el que obtuvo el tercio superior durante su formación profesional. Aunque piensan que haberlo logrado es mejor que no haberlo logrado. Y tener un postgrado es mejor que no tenerlo. Y tener experiencia en el aula también es mejor.
Pero el Ministro de Educación no piensa igual. El se aferra al DS 004, y hoy publica un aviso amenazante en la prensa nacional. El comunicado reitera los buenos, buenísimos deseos del gobierno, de contratar a los mejores como maestros. Y los mejores, siempre según el gobierno, son los docentes del tercio superior formativo. En consecuencia, advierte que el incumplimiento de parte de los gobiernos regionales acarreará responsabilidad funcional, que el incumplimiento de los funcionarios regionales es pasible de sanción por desacato, y que a los docentes que no cuenten con el requisito del tercio superior formativo se les anulará el contrato y se les inhabilitará para contratos futuros. Uno no puede comprender cómo se pueden decir tantas tonterías en un solo comunicado. Pero hay más. El punto 3 del comunicado del Ministro Chang sostiene que el DS 004 no discrimina.

¿Por qué piensa así? Porque exige mayores méritos en los postulantes. Los mejores salen de los que cuentan con mayores méritos. ¿Y cuáles son esos méritos?
El merito principal para ser docente es, naturalmente, ser Docente, ser Profesor, es decir, contar con el título profesional. De acuerdo con la Ley vigente de Carrera Pública Magisterial, :
El profesor es un profesional de la educación, con título de profesor o licenciado en educación, con calificaciones y competencias debidamente certificadas que, en su calidad de agente fundamental del proceso educativo, presta un servicio público esencial dirigido a concretar el derecho de los estudiantes y de la comunidad a una enseñanza de calidad, equidad y pertinencia. Requiere de desarrollo integral y de una formación continua e intercultural.
El Profesor presta un servicio público esencial y para prestarlo requiere contar con el título y obtener un contrato o una plaza en concurso público. Un contrato es temporal, una plaza es permanente. ¿Qué se requiere para obtener una plaza, de acuerdo con la Ley?
Para participar en el concurso público de acceso a una plaza vacante se requiere cumplir con los siguientes requisitos:
a. Poseer título de profesor o licenciado en educación, otorgado por una institución de formación docente acreditada en el país o en el exterior. En este último caso, el título debe ser revalidado en el Perú.
b. Ser miembro del Colegio de Profesores del Perú.
c. Gozar de buena salud, física y mental, que permita ejercer la docencia, sin perjuicio de lo establecido en la Ley Nº 27050 modificada por la Ley Nº 28164.
d. No haber sido condenado ni estar incurso en proceso penal por delito doloso.
e. No encontrarse inhabilitado por motivos de destitución, despido o resolución judicial que así lo indique
Quiere decir que, de acuerdo con el actual concurso docente de nombramiento, donde miles de plazas se van a otorgar, no se requiere contar con el requisito del tercio superior formativo para concursar. Quienes concursan por un contrato de trabajo como docentes, tienen que tener el tercio superior formativo, pero quienes concursen por una plaza, no. Esta genialidad sólo se le puede ocurrir al Ministro Chang de quien sospechamos debe ser parte del tercio superior de su promoción.
Poco más de 180,000 docentes se han presentado al concurso nacional para cubrir unas 25000 plazas . Son 7 postulantes por cada plaza. Pero éstas plazas van a concurso sin el requisito que se exige para los que van a ser contratados. ¿De qué manera el Ministro Chang va a conseguir el nombramiento de los mejores? Muy sencillo: haciendo lo que están haciendo, escogiendo a los mejores entre todos los postulantes. Exigiendo una nota mínima de 14. ¿Queremos una mayor calidad? Entonces exijamos una nota de 15, o de 16, o finalmente, de 20. Y por esta vía todos los que reúnen los requisitos básicos tienen la oportunidad de competir y ganar y no ser discriminados.
Pero ¿por qué discriminar en el concurso de contratados cuando no se discrimina en el concurso de nombrados? El Ministro Chang tiene que explicar esto. Y lo tiene que explicar porque nadie, con dos dedos de frente, puede pensar que formar parte del tercio superior formativo, es una condición sine qua non de calidad profesional.
La protesta generalizada en contra de esta discriminación va a continuar y terminará cuando el gobierno retroceda y reflexione. Que ponga todos los filtros que quiera en el proceso de selección de docentes contratados, pero que no ponga más obstáculos para la igualdad de oportunidades profesionales. Igualdad establecida en nuestra .
¿Qué tiene el Ministro Chang contra la gran mayoría de profesionales peruanos, 2/3 del total, que no formamos parte del tercio superior formativo? ¿Por qué nos discrimina? ¿No sabe acaso que todos los profesionales que no somos parte de su privilegiado tercio, tal vez sí formamos parte del tercio superior de profesionales empleados en el sector público y en el sector privado?
¿Existe una correlación perfecta entre los resultados alcanzados durante la formación profesional y las capacidades y habilidades requeridas para brindar servicios profesionales de calidad?
¿Por qué se tiene que pensar que un profesional del tercio superior es mejor que uno del tercio inferior? No hay forma de saberlo, salvo colocarlos en un concurso público y probar sus competencias y habilidades. No hay otra forma.
2 Comments
Muy bien, suficiente para conclcluir en lo negativo de la susodicha ley.
Suerte
Genaro
De igual manera, bajo esta forma de selección la exclusión nos llevaría a crear barreras al desarrollo de capacidades que derepente la evaluación formativa no toma en cuenta aún. Caso particular es el de Einstein